Altea abre el período de formación del censo electoral de extranjeros

Concejalía de Ciudadano Extranjeros de Altea abre el período de formación del censo electoral de extranjeros residentes en España de nacionalidad comunitaria y países con acuerdos de reciprocidad de voto.

Aquellos que deseen votar en las próximas Elecciones Municipales del 28 de mayo del 2023, deberán estar empadronados, haber manifestado su voluntad de ejercer ese derecho, ser mayores de 18 años y no estar privados del derecho de sufragio activo en España

En estas elecciones podrán votar los nacionales de países de la Unión Europea y de países que hayan firmado con España un acuerdo de reciprocidad de voto en elecciones municipales, siendo éstos Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Reino Unido y Trinidad y Tobago.

Plazos de solicitud

Hasta el 15 de enero de 2023, los de países con acuerdos de reciprocidad de voto.

Hasta el 30 de enero de 2023, en el caso de los nacionales de países de la Unión Europea.

Dónde presentarlas

  • Las solicitudes podrán presentarlas por internet.
  • En la Sede Electrónica del Instituto Nacional de Estadística (INE).
  • Identificándose mediante el sistema cl@ve.
  • Con el NIE y la CTT que figura en la comunicación remitida por la Oficina del Censo Electoral.
  • Por correo postal, devolviendo el escrito que les haya remitido la Oficina del Censo Electoral, siguiendo sus instrucciones y sin necesidad de franqueo.
  • En el Ayuntamiento, Oficinas de la OAC, sitas en Pl. José Mª Planelles, nº 1, de Altea y C/Cura Llinares , nº 4, de Altea la Vella, identificándose.

Ciudadanos europeos

En el caso de los ciudadanos de la Unión Europea, además de con el NIE, si disponen de él, con el documento de identidad o pasaporte, original, de su país de origen.

Los ciudadanos del resto de países, con su Tarjeta de Identidad de Extranjero (para los nacionales de Noruega, Islandia y Reino Unido, se admiten, además, el documento nacional de identidad o el pasaporte de su país de origen).

Han de acreditar, también, haber residido legalmente en España el tiempo exigido en el correspondiente  Acuerdo (3 años el día de la votación para los nacionales de Noruega , 3 años en el momento de la solicitud para los nacionales de Reino Unido y 5 años en el momento de la solicitud, para el resto de los países).

En este caso, la forma de acreditar la residencia legal en España es con un certificado expedido por la Comisaría de Policía o por la Oficina de Extranjería.

Para más información pueden consultar la página web del Ayuntamiento, https://alteaparticipa.es/eleccions-2023 y la del Instituto Nacional de Estadística, www.ine.es

La edil de Ciudadanos Extranjeros, María A. Laviós ha hecho hincapié en los plazos de solicitud y ha añadido, “pasado este período ya no podrán solicitar su inserción en el censo electoral y no podrán ejercer su derecho a voto”.

También recomienda a los ciudadanos de nacionalidad comunitaria que deseen votar en las elecciones del próximo 28 de mayo y no recuerden si están en el censo, que soliciten de nuevo su inclusión.

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