El Ayuntamiento de La Nucía anuncia la apertura del plazo para la solicitud de las “Ayudas Alquiler de vivienda 2022-2023” de la Generalitat Valenciana, que concluirá el próximo 1 de agosto.
La línea de ayudas comprenderá 2 años (2022 y 2023), siendo posible la ayuda tanto para viviendas como para habitaciones en alquiler.
La cuantía de la subvención podrá oscilar desde el 40 % hasta el 50% de la renta del alquiler, en todo caso, la determinación del importe dependerá de las características de la persona solicitante y/o unidad de convivencia.
Requisitos
Para acogerse a estas “Ayudas Alquiler de vivienda 2022-2023” el precio máximo del alquiler no deberá superar 420 euros en el caso de las viviendas y 175 euros en caso de habitaciones, según estipula la Generalitat Valenciana.
Entre otros requisitos, la suma de los ingresos de todas las personas empadronadas en la vivienda deberá ser igual o inferior a tres veces el IPREM (20.848,72€).
Sin embargo, existen excepciones como familias numerosas, personas con diversidad funcional, enfermedad mental, etc. En estos casos, los ingresos pueden ser de cuatro (27.792,96€) o cinco (34.741,12 €) veces el IPREM.
Para acceder a la subvención, la persona solicitante o unidad de convivencia deberá acreditar unos ingresos mínimos 0,3 IPREM (2.084,47€).
Además, deberá tener acreditado mediante un medio de pago fehaciente las mensualidades desde el mes de enero de este año 2022 o en caso de ser posterior, desde la fecha inicial del contrato.
Novedades
Este año, las “Ayudas Alquiler de vivienda 2022-2023” de la Generalitat Valenciana presentan novedades.
Podrán comprender hasta 24 mensualidades, desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023, siempre que continúen cumpliendo los requisitos.
La ayuda podrá ser solicitada tanto para viviendas, como para habitaciones en régimen de alquiler o cesión.
Como justificante de pago, se admitirá, además de la documentación bancaria, documentos privados que reúnan las características, hagan cuenta del pago, concepto, fecha, identificación de las partes, dirección de vivienda/habitación.
Solicitantes
Estas ayudas económicas podrá solicitarlas todas las personas mayores de edad. En caso de extranjeros no comunitarios, deberán contar con autorización de estancia o residencia en España.
Tendrán preferencia los grupos prioritarios: afectados por desahucio, familias monoparentales, familias numerosas, mujeres víctimas de violencia de género, personas ex convictas, personas jóvenes ex tuteladas, personas con diversidad funcional, sensorial, cognitiva con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, unidades de convivencia en que todas las personas se encuentren en situación de desempleo y hayan agotado prestaciones, mujeres en situación de necesidad o en riesgo de exclusión social, en especial cuando tengan hijos menores exclusivamente a su cargo….etc.
La solicitud se realizará preferentemente por medios telemáticos con certificado digital o sistema de clave permanente accediendo a la sede electrónica de la Generalitat a través del portal habitatge.gva.es .
En caso de no disponer de certificado digital o firma electrónica, se podrá autorizar a otra persona para solicitar la ayuda con firma digital en nombre de otro/a rellenando el Anexo III.
Desde la Concejalía de Bienestar Social se podrá asistir a las personas que pretendan solicitar las ayudas., previa cita en el teléfono 966897330.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 1 de agosto de 2022.
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